Plusvalía municipal

Si vendiste un inmueble por menos de lo que pagaste y el Ayuntamiento te cobró plusvalía, el Tribunal Constitucional te da la razón. Recuperamos el impuesto íntegro.

Cartel de "Se vende" frente a una vivienda

Recuperación típica

1.000€ — 15.000€

Cifras orientativas según casos similares.

Estudio gratis · 24h

Cuándo aplica

¿Es tu caso? Probablemente sí.

  • Vendiste o donaste un inmueble desde 2017

  • Lo vendiste por menos de lo que pagaste

  • O vendiste por lo mismo sin incremento real

  • El Ayuntamiento te cobró plusvalía municipal

Cómo lo reclamamos

Tres pasos hasta tu devolución.

01

Revisamos compra-venta

Comparamos valor de compra y venta para acreditar pérdidas.

02

Solicitud al Ayuntamiento

Pedimos rectificación y devolución del impuesto.

03

Contencioso si lo deniegan

El TC declaró el tributo inconstitucional en estos casos.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre plusvalía municipal.

Si tu pregunta no aparece aquí, escríbenos por WhatsApp o usa el formulario. Respondemos siempre en menos de 24h.

  • 4 años desde que pagaste el impuesto (autoliquidación) o desde la notificación de la liquidación. Las ventas con pérdidas desde 2017 están casi siempre dentro de plazo.

  • En España la plusvalía la paga el vendedor por ley (salvo donaciones y herencias, donde paga el receptor). Si la pagó otra persona por pacto privado, podemos reclamar igual con su autorización.

  • Escritura de compra original, escritura de venta, y justificante de haber pagado la plusvalía al Ayuntamiento (autoliquidación o recibo). Si te falta alguno, lo pedimos nosotros.

  • Depende del fundamento de la denegación. Tras la STC 182/2021 muchas denegaciones anteriores se pueden reabrir. Lo revisamos sin coste y te decimos si hay base.

  • Entre el 18% y el 25% sobre lo recuperado, según la complejidad del caso, firmado por escrito antes de empezar. Si el Ayuntamiento no devuelve nada, 0€. Los gastos del procedimiento (si los hubiera) los asumimos.

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